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jueves, 30 de enero de 2014

¿Separación o divorcio?

Desde Julio de 2005, solamente es necesario que uno de los miembros de la pareja no desee seguir con el matrimonio para poder solicitar el divorcio. Antes era necesario solicitar primero la separación antes del divorcio, ahora con que hayan pasado tres meses desde la celebración del matrimonio, es suficiente para demandar el divorcio.

La diferencia fundamental entre la separación y el divorcio consiste en que la separación, mediante una autorización del Juez los cónyuges pueden vivir separados de cuerpos y bienes, suspendiéndose la obligación de la convivencia pero sin poder contraer de nuevo matrimonio, mientras que con el divorcio, el vínculo matrimonial se disuelve, y los cónyuges pueden volver a contraer matrimonio civil. 
 
¿Cómo se tramita el proceso de separación o divorcio?
  • De mutuo acuerdo, en el cual mediante el asesoramiento e intervención de un abogado, ya sea su abogado de familia o bien un abogado matrimonialista establecen las medidas por las cuales se regirán en el futuro. Estos acuerdos quedan fijados en el Convenio Regulador, el cual deberá ser aprobado por un Juez.
  • Procedimiento Contencioso, si no se llega al mutuo acuerdo habrá que acudir al Tribunal el cual establecerá las medidas en función de las peticiones de cada cónyuge.
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