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miércoles, 1 de octubre de 2014

El régimen de visitas de los padres separados

Los abogados matrimonialistas de Sevilla son algunos de los profesionales del derecho que a diario se enfrentan a una de las cuestiones más peliagudas de sus clientes: el establecimiento del régimen de visitas de los padres separados. Este se refiere, en concreto, al derecho del padre o de la madre que no tiene la guarda y custodia de poder pasar tiempo con sus hijos.

En este caso, si tú te encuentras en este momento en esa situación y apuestas por elegirnos como los abogados de divorcios de Sevilla que necesitas recibirás toda la información al respecto:
  • El régimen de visitas se puede establecer de mutuo acuerdo entre las dos partes o bien por el juez.
  • Lo habitual es que el progenitor que no tenga la guarda y custodia pueda estar con sus hijos los fines de semanas alternos, la mitad de las vacaciones (Navidad, Semana Santa y verano) así como uno o dos días entre semana.
  • Si los pequeños tienen menos de tres años, el padre o la madre no custodio, como norma habitual, no podrán pernoctar con él